REGLAMENTO DE EXPOSICIONES, RECREACIÓN Y DEPORTES DE ENLAZARTE MUTUAL DE EMPRENDEDORES
ARTÍCULO 1º: El servicio de exposiciones, recreación y deportes que se implementa por el presente reglamento está previsto dentro de los fines que se ha fijado “ENLAZARTE MUTUAL DE EMPRENDEDORES” a través de su Estatuto Social, teniendo como mira el proporcionar a sus asociados, entretenimiento, distracción y esparcimiento, compatibles con el desarrollo físico y espiritual.- - -ARTÍCULO 2º: Tenderá a desarrollar actividades en los campos de juegos, edificios bajo techo, campos de golf, playas de baño, pileta de natación y todo otro tipo de instalaciones propias o pertenecientes a otras entidades y que tengan relación con los programas de recreación.- - - ARTÍCULO 3º: La Dirección y Administración del Servicio de Exposiciones, Recreación, y Deportes estará a cargo de “Comisiones”, las que serán asignadas por el Consejo Directivo, teniendo las mismas injerencia en todo lo concerniente a exposiciones, recreación, entretenimiento, distracción, esparcimiento, diversión, que en sus más variadas manifestaciones realicen los asociados.- - -
ARTÍCULO 4º: El personal designado para desempeñarse en cualquier área del Servicio de Exposiciones, Recreación y Deportes, ya sea médico, sanitario, técnico, administrativo y de maestranza deberá cumplir sus funciones de acuerdo con las normas legales y los reglamentos internos que se dicten para cada una de las actividades.- - -
ARTÍCULO 5º: Mediante el Servicio de Exposiciones, Recreación y Deportes se instrumentará la intervención en la realización de encuentros, torneos y competencias, ya sean éstos diarios, semanales o de temporada, como así también en todo lo relativo a la programación, coordinación, fechas de realización, planes económicos, etc. de dichas actividades.- - -
ARTÍCULO 6º: La Mutual periódicamente realizará actos destinados a ampliar los conocimientos y la cultura de los asociados o simplemente a brindarles momentos de solaz y recreación (conferencias, charlas, comentarios de obras literarias, conciertos y recitales, ferias, exposiciones, proyección de diapositivas y películas, etc.).- - -
ARTÍCULO 7º: Propugnará su acercamiento a las asociaciones mutuales y/o entidades afines de la zona en especial en procura de la realización de prácticas de atletismo, deportes, juegos de salón, artes, teatro, música, artesanías, jardinería, festivales, picnics, excursiones, camping, etc. ya sean al aire libre o bajo techo dentro de las características propias de cada programa.- - -
ARTÍCULO 8º: Podrán utilizar el Servicio de Exposiciones, Recreación y Deportes todos los asociados activos, participantes, adherentes y honorarios de la entidad que se encuentran al día con sus obligaciones sociales como así también los pertenecientes a entidades con las cuales se hubiera celebrado convenios de reciprocidad, conforme con la Ley Orgánica de Mutualidades.- - -
ARTÍCULO 9º: El Consejo Directivo podrá dictar reglamentos internos correlativos y aclaratorios para la mejor aplicación y funcionamiento del Servicio de Exposiciones, Recreación y Deportes ad referéndum de asamblea. La habilitación y funcionamiento deberá estar ajustado a las disposiciones legales y ordenanzas municipales vigentes.- - -DISPOSICIÓN TRANSITORIA: El Consejo Directivo queda autorizado a aceptar e introducir en este reglamento las modificaciones que sugiera el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.- - -

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